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Condiciones generales de contratación (CGC) para el suministro de mercancías

Fassisi, Sociedad de Diagnóstico Veterinario y Análisis Medioambientales, S.L.
, Gotinga, Alemania · Fecha: junio de 2026

Artículo 1. Ámbito de aplicación, legislación aplicable y definiciones

(1) Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, «CGC») se aplican a todos los contratos relativos al suministro de mercancías por parte de Fassisi, Sociedad de Diagnóstico Veterinario y Análisis Medioambientales, S.L., Marie-Curie-Straße 8, 37079 Gotinga (en adelante, «Fassisi»), con sus socios contractuales (en adelante, «el cliente»). Para los servicios de desarrollo, de hardware (p. ej., lectores), de software/nube y de otro tipo se aplicarán condiciones específicas.

(2) Las presentes CGC se aplicarán de forma exclusiva. Fassisi no reconocerá condiciones del cliente que sean contrarias o difieran de las presentes CGC, salvo que Fassisi haya aceptado expresamente su validez por escrito; esto se aplicará también si Fassisi realiza la entrega sin reservas a sabiendas de dichas condiciones. Quedan sin perjuicio los acuerdos individuales y las condiciones del Cliente aceptadas expresamente en la confirmación del pedido (art. 305b del Código Civil alemán, BGB).

(3) Las presentes CGC se aplican exclusivamente a los empresarios (art. 14 del Código Civil alemán, BGB) que celebren el contrato en el ejercicio de su actividad comercial o profesional autónoma, así como a las personas jurídicas de derecho público y a los patrimonios especiales de derecho público (art. 310, apartado 1, del Código Civil alemán, BGB). No se aplican a los consumidores (art. 13 del Código Civil alemán, BGB). Fassisi tiene derecho a exigir una prueba adecuada de la condición de empresario.

(4) Las presentes CGC, en la versión vigente en el momento de la celebración del contrato, se aplicarán también a las transacciones futuras entre Fassisi y el comprador.

(5) Se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, CISG).

(6) En la medida en que en el contrato concreto se haya acordado una cláusula Incoterms® con un lugar designado, esta se aplicará en la versión Incoterms® 2020; la cláusula acordada individualmente prevalecerá sobre las disposiciones contrarias de las presentes CGC.

Artículo 2. Oferta, documentación de la oferta y celebración del contrato

(1) Las ofertas de Fassisi son sin compromiso, salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido. Las ilustraciones, los planos y los datos sobre peso y dimensiones que formen parte de la oferta son meramente orientativos, salvo que se indiquen expresamente como vinculantes. Las especificaciones de producto acordadas, las muestras aprobadas, los marcados, las instrucciones de uso y las características de rendimiento expresamente prometidas seguirán siendo vinculantes.

(2) Fassisi se reserva los derechos de propiedad y de autor sobre las ilustraciones, los planos, los cálculos y demás documentación. Los documentos que no sean de dominio público, en particular los designados como «confidenciales», no podrán ponerse a disposición de terceros; se permite su divulgación a empleados, asesores y autoridades únicamente en la medida en que sea necesario.

(3) Si el pedido debe calificarse como oferta en el sentido del artículo 145 del Código Civil alemán (BGB), Fassisi® podrá aceptarlo en un plazo de 14 días laborables; solo se aplicará un plazo de aceptación más largo si así se indica expresamente en la oferta para el proyecto concreto (por ejemplo, una fabricación a medida). La aceptación se realizará por escrito (aceptación del pedido); la entrega dentro del plazo de aceptación sustituye a la confirmación por separado.

(4) Una vez transcurrido el plazo de aceptación, el pedido se considerará rechazado. Quedan a salvo las reclamaciones por incumplimiento culposo de las obligaciones precontractuales.

(5) Los acuerdos individuales no se verán afectados, independientemente de su forma (art. 305b del Código Civil alemán, BGB). A falta de un acuerdo individual, las indicaciones, recomendaciones o informaciones solo constituirán una garantía (art. 443 del Código Civil alemán) si Fassisi® las ha calificado expresamente como tales.

Art. 3 Precios

(1) Los precios de Fassisi están expresados en euros y no incluyen el impuesto sobre el valor añadido legal vigente en cada caso.

(2) Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, los precios se entienden franco fábrica (sin perjuicio de una cláusula Incoterms® acordada de forma diferente) y no incluyen el embalaje, el transporte, la cadena de frío o el control de temperatura, los aranceles de importación, los gastos de envío, el seguro, así como los costes de documentación de mercancías peligrosas y de exportación; estos conceptos se facturarán por separado.

§ 4 Condiciones de pago

(1) Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, las facturas vencerán a los 30 días de la entrega completa o la prestación del servicio y de la recepción de una factura en regla, sin descuento alguno. El lugar de cumplimiento del pago es la sede social de Fassisi®.

(2) En caso de demora en el pago, Fassisi® tendrá derecho a exigir intereses de demora equivalentes a nueve puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico (art. 247 del Código Civil alemán, BGB), así como una cantidad fija de 40 euros (art. 288, apartados 2 y 5, del BGB); dicha cantidad a tanto alzado se deducirá de la indemnización por daños y perjuicios adeudada, en la medida en que esta se base en los gastos de la acción judicial. Queda reservado el derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivados del retraso que sea superior y que se haya demostrado.

(3) Si, tras la celebración del contrato, se constata que el derecho de Fassisi al cobro se ve amenazado por la falta de solvencia del comprador, Fassisi podrá denegar el cumplimiento de las prestaciones pendientes hasta que se haya efectuado la contraprestación o se haya prestado una garantía adecuada. Tras el vencimiento infructuoso de un plazo razonable para la constitución de la garantía, Fassisi® podrá rescindir el contrato en cuestión de conformidad con el artículo 321 del Código Civil alemán (BGB).

(4) El comprador solo podrá compensar con créditos indiscutibles, declarados con fuerza de cosa juzgada, reconocidos por Fassisi® o sobre los que se haya dictado sentencia, así como con créditos derivados de la misma relación contractual. Solo le asistirán derechos de retención por reclamaciones derivadas de la misma relación contractual. Queda sin perjuicio lo dispuesto en el artículo 320 del Código Civil alemán (BGB).

Artículo 5: Plazo de entrega, retraso en la entrega, aceptación

(1) Fassisi no estará obligada al cumplimiento si, a pesar de existir en el momento de la celebración del contrato una operación de cobertura congruente, no recibe el suministro de forma correcta o puntual por motivos ajenos a su responsabilidad, si Fassisi informa de ello inmediatamente al comprador y si no ha sido posible obtener un suministro sustitutivo razonable. En caso de indisponibilidad meramente temporal, el plazo de entrega se prorrogará de forma razonable; en caso de indisponibilidad permanente, cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato en lo que respecta a la parte afectada; los pagos efectuados se reembolsarán sin demora. En las operaciones de importación, la obligación de entrega queda además supeditada a la recepción oportuna de los documentos de control y las autorizaciones de importación necesarios.

(2) El plazo de entrega indicado en la confirmación del pedido comienza a partir del envío de la misma, pero no antes de que el comprador haya cumplido con las obligaciones de cooperación que le incumben (documentación, autorizaciones, aprobaciones, cartas de crédito y garantías acordadas, así como la recepción de un anticipo acordado).

(3) El plazo de entrega se prorrogará de forma razonable en la medida y mientras que acontecimientos imprevistos ajenos al control de Fassisi (fuerza mayor; también en el caso de los proveedores) impidan el cumplimiento de la prestación. Los meros aumentos de costes o los riesgos habituales de aprovisionamiento no constituyen por sí mismos un caso de fuerza mayor. La parte afectada comunicará sin demora la aparición y la duración prevista del impedimento y adoptará las medidas razonables para minimizar los daños. Si el impedimento se prolonga durante más de 90 días, cualquiera de las partes podrá rescindir la parte del contrato afectada que aún no se haya cumplido.

(4) Si Fassisi incurre en mora en el cumplimiento de su prestación, el cliente solo tendrá derecho a rescindir el contrato tras haber fijado sin éxito a Fassisi® un plazo adicional razonable. Quedan sin perjuicio los casos previstos por la ley en los que no es necesario fijar un plazo (en particular, los artículos 323, apartado 2, y 326, apartado 5, del Código Civil alemán [BGB], y el artículo 376 del Código de Comercio alemán [HGB]). Si una parte de la entrega resultara imposible, el comprador solo tendrá derecho a rescindir la totalidad del contrato si existe un interés justificado; en caso contrario, podrá reducir la contraprestación. Las reclamaciones por daños y perjuicios se regirán por el artículo 8.

(5) Para el cumplimiento de los plazos de entrega, salvo que se acuerde lo contrario en una cláusula Incoterms®, será determinante la fecha de envío desde fábrica. Si la mercancía no pudiera enviarse a tiempo por motivos ajenos a la responsabilidad de Fassisi®, se considerarán cumplidos los plazos en el momento en que se notifique que la mercancía está lista para su envío.

(6) Si el comprador no acepta la mercancía a tiempo por motivos ajenos a la responsabilidad de Fassisi®, esta podrá, tras el vencimiento de un plazo adicional razonable, exigir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos adicionales, siempre que haya sido capaz de cumplir y estuviera dispuesta a hacerlo, y disponer de otro modo del objeto del contrato. El comprador solo estará obligado a realizar una aceptación específica en la medida en que así se haya acordado expresamente (por ejemplo, prueba de aceptación en fábrica con protocolo de ensayo).

§ 6 Transmisión del riesgo, envío

(1) La transferencia del riesgo se regirá, con carácter prioritario, por la cláusula Incoterms® acordada en el contrato concreto. A falta de dicha cláusula, el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental se transfiere al comprador a más tardar en el momento de la entrega de la mercancía al transportista; esto se aplica también en el caso de entregas parciales. Si, excepcionalmente, Fassisi se encargara del montaje y la aceptación, el riesgo se transfiere en el momento de la aceptación.

(2) A petición del comprador, Fassisi asegurará el envío, a cargo de este, contra los riesgos de transporte asegurables.

(3) A falta de acuerdo específico, Fassisi® elegirá la ruta de transporte, el medio de transporte, el agente de transporte, el transportista y el embalaje según su leal criterio y con el cuidado exigido en el tráfico comercial; la responsabilidad se rige por el artículo 8.

(4) Si el transporte resultara imposible o se viera considerablemente dificultado por motivos ajenos a la responsabilidad de Fassisi®, esta podrá efectuar la entrega, con el consentimiento del comprador o en caso de necesidad objetiva y sin perjuicio inaceptable, por otra vía o en otro lugar; los costes adicionales razonables correrán a cargo del comprador.

(5) Si el envío se retrasa por motivos imputables al comprador, el riesgo se transfiere en el momento de la notificación de que la mercancía está lista para su envío. En estos casos, Fassisi® almacenará la mercancía por cuenta y riesgo del comprador.

(6) El comprador está obligado a aceptar los artículos entregados, incluso si presentan defectos insignificantes, sin perjuicio de los derechos que le asisten en virtud de los artículos 7 y 8. Se admiten entregas parciales, siempre que sean razonables para el comprador.

Artículo 7: Inspección, reclamación por defectos, garantía

(1) En la medida en que el contrato constituya una operación comercial para ambas partes, se aplicarán las obligaciones de inspección y reclamación previstas en el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB). La inspección se llevará a cabo de acuerdo con las circunstancias propias del curso normal de los negocios; en el caso de lotes homogéneos, se realizará mediante una muestra representativa. Las notificaciones de defectos deberán enviarse sin demora por escrito, indicando el producto, el lote, la fecha de entrega y la descripción del defecto, a Fassisi® (véase la dirección más abajo) o a la dirección de contacto indicada en la confirmación del pedido o en el albarán de entrega. Si el comprador no es un comerciante, deberá examinar la mercancía de la forma adecuada y notificar los defectos sin demora por escrito.

(2) Si el comprador no realiza la notificación a tiempo, la mercancía se considerará aceptada en ese sentido (art. 377, apartados 2 y 3, del Código Mercantil alemán [HGB] o la obligación contractual correspondiente).

(3) Las reclamaciones por vicios materiales y jurídicos prescriben, en la medida en que lo permita la ley, al cabo de un año desde la entrega.

(4) La reducción del plazo prevista en el apartado 3 no se aplica a las reclamaciones por daños a la vida, la integridad física o la salud; en caso de dolo o negligencia grave por parte de Fassisi, sus representantes legales o auxiliares ejecutivos; en caso de dolo malicioso; en caso de asunción de una garantía o de un riesgo de aprovisionamiento, en los casos previstos en el artículo 438, apartado 1, n.º 2, del Código Civil alemán (BGB), para las reclamaciones de recurso con arreglo a los artículos 445a, 445b y 478 del Código Civil alemán (BGB), así como para reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos u otras disposiciones de derecho imperativo. A este respecto, se aplicarán los plazos legales. Las disposiciones relativas a la suspensión, la interrupción y el reinicio del plazo de prescripción no se verán afectadas.

(5) En caso de defecto, el comprador podrá exigir el cumplimiento posterior con arreglo a lo dispuesto en el artículo 439 del Código Civil alemán (BGB). Fassisi® podrá denegar la forma de cumplimiento posterior elegida en las condiciones previstas en el artículo 439, apartado 4, del Código Civil alemán (BGB). Las disposiciones legales relativas a los costes del cumplimiento posterior no se verán afectadas.

(6) Si Fassisi no cumple con el cumplimiento posterior en un plazo razonable, si este fracasa, si resulta imposible o si se deniega indebidamente, el comprador podrá rescindir el contrato o solicitar una reducción del precio con arreglo a las disposiciones legales; en caso de defecto de carácter meramente insignificante, no existirá derecho de rescisión. Quedan sin perjuicio los casos legales en los que no es necesario fijar un plazo (artículos 440 y 323, apartado 2, del Código Civil alemán (BGB)). Las reclamaciones por daños y perjuicios se regirán por el artículo 8.

(7) En casos urgentes en los que no sea posible esperar a que se produzca un cumplimiento posterior para evitar daños desproporcionados o medidas administrativas, el comprador podrá, previa notificación a Fassisi, llevar a cabo las medidas necesarias por sí mismo o a través de terceros; solo serán reembolsables los gastos necesarios y debidamente documentados, de conformidad con los requisitos legales de responsabilidad.

(8) Si se detecta un defecto, la mercancía objeto de reclamación deberá almacenarse por separado, en la medida en que sea razonable; deberán conservarse el lote, las condiciones de almacenamiento y demás pruebas. Previa coordinación, se deberá dar a Fassisi® la oportunidad de realizar un examen o tomar muestras sin demora. Se permite la utilización o eliminación de la mercancía en la medida en que sea necesario por motivos de seguridad, por requerimiento de las autoridades, por una campaña de retirada o por riesgo de deterioro; se deberá informar previamente a Fassisi, en la medida de lo posible. Los derechos del comprador solo se verán afectados en la medida en que una obstrucción de las pruebas causada culposamente por él impida de manera concreta la comprobación del defecto.

(9) En el caso de productos ajenos esenciales designados expresamente antes de la celebración del contrato, Fassisi podrá ceder inicialmente al comprador sus derechos frente al proveedor; Fassisi seguirá siendo responsable de forma subsidiaria en la medida en que los derechos cedidos no existan, no sean exigibles o su ejecución resulte inaceptable para el comprador.

(10) Las especificaciones del producto acordadas y las instrucciones de uso aprobadas por Fassisi serán determinantes para la calidad del producto. Solo se garantizará la idoneidad para fines especiales que vayan más allá de lo anterior si dicho fin se ha acordado expresamente antes de la celebración del contrato o si Fassisi® ha asumido una garantía al respecto.

(11) Fassisi se compromete a garantizar la conformidad con los requisitos técnicos y normativos del mercado de destino que se hayan designado expresamente en el contrato individual y que hayan servido de base para el cálculo. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, el cliente es responsable de las autorizaciones de importación locales, los registros, las traducciones, las autorizaciones de distribución, la publicidad y demás requisitos para la posterior comercialización.

Artículo 8. Responsabilidad

(1) Fassisi responderá de forma ilimitada (a) en caso de dolo o negligencia grave por parte de Fassisi, de sus representantes legales o de sus auxiliares ejecutivos, (b) en caso de lesión culposa de la vida, la integridad física o la salud, (c) con arreglo a la Ley de responsabilidad por productos defectuosos y demás disposiciones imperativas en materia de responsabilidad, así como (d) en caso de dolo, asunción de una garantía o de un riesgo de aprovisionamiento asumido expresamente.

(2) En caso de incumplimiento por negligencia simple de una obligación contractual esencial, la responsabilidad se limita a los daños previsibles en el momento de la celebración del contrato y típicos del mismo. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento permite, en primer lugar, la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente puede confiar razonablemente.

(3) Por lo demás, queda excluida la responsabilidad por negligencia leve.

(4) Las normas legales sobre la carga de la prueba no se ven afectadas. Las disposiciones anteriores en materia de responsabilidad se aplicarán mutatis mutandis en beneficio de los órganos, representantes legales y auxiliares ejecutivos de Fassisi.

§ 9 Reserva de propiedad

(1) Fassisi realiza las entregas bajo reserva de propiedad prolongada y ampliada. La propiedad del objeto de suministro queda reservada hasta la recepción de todos los pagos derivados de la relación comercial; esto se aplica también a los créditos futuros y condicionales. Si las deudas se incorporan a una cuenta corriente, la reserva de propiedad garantiza el saldo correspondiente; tras su reconocimiento, garantiza la deuda por saldo que la sustituya.

(2) Si el comprador transforma la mercancía sujeta a reserva de propiedad, dicha transformación se realiza para Fassisi en calidad de fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil alemán (BGB), sin que ello suponga obligación alguna para Fassisi; esta designación se realiza exclusivamente a efectos de la atribución en materia de derechos reales y no establece ninguna disposición sobre funciones normativas o en materia de responsabilidad por productos defectuosos. En caso de transformación, unión, mezcla o combinación con mercancías que no pertenezcan a Fassisi (artículos 947 y 948 del Código Civil alemán, BGB), Fassisi adquirirá la copropiedad de la nueva cosa en la proporción que resulte del valor facturado de la mercancía sujeta a reserva de propiedad respecto al valor facturado de las demás mercancías.

(3) Si el comprador enajena la mercancía sujeta a reserva de dominio en el curso normal de sus actividades comerciales, cede desde este momento a Fassisi los créditos que de ello se deriven, junto con todos los derechos accesorios; Fassisi acepta dicha cesión. En caso de venta conjunta con otros bienes que no pertenezcan a Fassisi, la cesión se aplicará proporcionalmente al valor facturado de la mercancía sujeta a reserva de propiedad.

(4) Fassisi autoriza al comprador, de forma revocable, a cobrar los créditos cedidos en el curso normal de sus actividades comerciales. Fassisi solo hará uso de su derecho de revocación si el derecho al pago se ve amenazado por la falta de solvencia del comprador. Previa solicitud, el comprador deberá indicar los deudores, liquidar los créditos cedidos y entregar la documentación necesaria para su cobro.

(5) El comprador no está autorizado a disponer de otro modo de la mercancía sujeta a reserva de dominio, en particular mediante pignoración o cesión a título de garantía. En caso de embargos u otras intervenciones de terceros, deberá notificarlo inmediatamente a Fassisi® por escrito y entregarle los documentos necesarios para su intervención.

(6) Si el valor realizable de las garantías existentes supera los créditos garantizados en más de un 10 %, Fassisi liberará, a petición del comprador, garantías de su elección en la medida correspondiente.

(7) El comprador deberá tratar con cuidado la mercancía sujeta a reserva de dominio y asegurarla contra pérdida y daños de forma comercialmente adecuada, en función de su naturaleza y valor.

(8) En caso de incumplimiento del contrato por parte del comprador, en particular en caso de demora en el pago, Fassisi tendrá derecho, tras la rescisión del contrato, a recuperar la mercancía, y el comprador estará obligado a entregarla (art. 449, apdo. 2, del Código Civil alemán [BGB]). Por lo demás, en caso de que se vea amenazada la reclamación de pago, se aplicará el artículo 4, apartado 3, en relación con el artículo 321 del Código Civil alemán (BGB).

(9) En caso de compras en el extranjero, la eficacia real de la reserva de propiedad se rige por la legislación del Estado en el que se encuentren los bienes (art. 43 de la EGBGB). El comprador colaborará en las medidas necesarias a tal fin, en particular en los registros.

Artículo 10. Protección de datos

(1) Fassisi informa a los interesados, de conformidad con los artículos 13 y 14 del RGPD, en el momento de la recogida de sus datos. La información vigente en cada momento sobre protección de datos para socios comerciales y sus personas de contacto está disponible en la página web de Fassisi (www.fassisi.de).

§ 11 Lugar de cumplimiento, jurisdicción

(1) El lugar de cumplimiento es la sede social de Fassisi, salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido.

(2) Si el comprador es un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva para todos los litigios derivados de la relación contractual será Göttingen; esto se entiende sin perjuicio de las jurisdicciones legales exclusivas imperativas.

(3) Para los compradores con sede en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte del Convenio de Lugano, la jurisdicción exclusiva es Göttingen. Fassisi tendrá, además, derecho a demandar al comprador ante cualquier tribunal que sea competente con arreglo al Reglamento (UE) n.º 1215/2012 o al Convenio de Lugano. Para los compradores con domicilio social en terceros países se aplicarán cláusulas de jurisdicción o de arbitraje que deberán acordarse por separado.

Artículo 12. Disposiciones finales

(1) Las modificaciones y adiciones al presente contrato deberán documentarse por escrito a efectos probatorios. Los acuerdos individuales tendrán prioridad independientemente de su forma (art. 305b del Código Civil alemán, BGB).

(2) El idioma del contrato es el alemán. Para las transacciones internacionales, podrá acordarse una versión separada y jurídicamente vinculante en inglés.

(3) En caso de que alguna disposición de las presentes Condiciones Generales o del contrato sea o llegue a ser total o parcialmente nula o inaplicable, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones. La disposición nula o inaplicable será sustituida por las disposiciones legales (art. 306 del Código Civil alemán, BGB).


Fassisi, Gesellschaft für Veterinärdiagnostik und Umweltanalysen mbH
Marie-Curie-Straße 8 · 37079 Gotinga · Alemania
Juzgado de Primera Instancia de Gotinga, HRB 200160 · Directores generales: Kristine Knipper, Stephan Sander
. Fecha de actualización: junio de 2026